¿CÓMO HABRÍA DECIDIDO EL CASO CONTRA EMILIO PALACIO?
Juan Antonio García Amado
Catedrático de Filosofía del Derecho
Universidad de León (España)
Los políticos y altos cargos del Estado tienen también reconocidos sus derechos al honor y al buen nombre, cómo no, y han de tenerlos igualmente garantizados. Pero en los casos en que tales derechos entren en conflicto con libertades como las de información, expresión y opinión, debe aplicarse, a mi modo de ver, la siguiente regla general: en la duda, a favor de estos últimos. Así viene haciéndolo, por lo demás, la jurisprudencia constitucional de los países con más tradición constitucional y democrática.
El político y alto cargo de la Administración tiene toda una serie de justificadas ventajas. Suele estar bien remunerada su tarea y, además, el poder también acarrea algo de disfrute, no ilegítimo. No ha de ser cosa desagradable mandar. El contrapeso de esas ventajas son los correspondientes inconvenientes. Uno de los principales, que el político ha de estar expuesto, más que nadie, a la constante observación social, y también a la crítica y la discrepancia. Va en el cargo, junto con el sueldo y el coche oficial.
No se trata de ponerles un peculiar impuesto o de perjudicarlos porque sí. Esa mayor exposición a la crítica de sus vidas y de sus actos, al menos en los que una y otros tengan relación con el ejercicio de su cometido público, obedece a que de aquellos que nos gobiernan hemos de poder formarnos opiniones más completas que de nuestros vecinos que no son más que ciudadanos particulares que van a lo suyo. No hay democracia posible sin opinión pública libre, y no hay opinión pública libre sin información, sin opinión y sin debate. Guste o no, una de las cosas sobre las que se puede y debe debatir es la vida y milagros de quienes nos gobiernan. Precisamente porque nos gobiernan y porque su poder depende y debe depender de nosotros; al menos en democracia.
Si un periodista se propasa, sufren algunos derechos personales del político aludido. Pero cuando a un periodista se le reprime por sus opiniones o sus informaciones, padece el sistema democrático entero. De ahí la regla antes mencionada. No es que al político se le pueda vilipendiar alegremente, por supuesto que no. Se trata de que al periodista sólo se le ha de condenar cuando esté fuera de toda duda y perfectamente probado que es insulto y no opinión lo que formuló y que lo hizo con esa intención y no con la de ponerle sal al debate social y político.
Yo habría absuelto al señor Palacio. Lo habría absuelto porque la regla del in dubio antes enunciada me llevaría a elegir de cada una de sus expresiones el significado menos dañino para el honor y la imagen del señor Salem, no los sentidos que suponen imputación de delitos, como hace la señora juez. Ella sabrá por qué resulta más verosímil pensar que el señor Palacio describe al señor Salem como mafioso y autor de peculados. Yo habría pensado que no hay en las palabras en cuestión esas imputaciones, sino críticas contundentes que, por supuesto, pueden dar lugar a respuestas igual de terminantes por parte del señor Salem. Mejor debatir que penar, ésa también es otra sana regla para los países democráticos y libres.
No hay comentarios:
Publicar un comentario